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Caducidad de comparendos de tránsito: el plazo de un año

La autoridad tiene un año desde la infracción para decidir la sanción. Qué pasa si no lo hace y si tu recurso no se decidió a tiempo.

La regla

La acción por una infracción de tránsito caduca al año de ocurridos los hechos: en ese término la autoridad debe decidir si impone la sanción.

Si presentaste un recurso

La decisión de los recursos también tiene un término de un año desde que se presentaron. Si no se decide a tiempo, puedes pedir que se reconozca.

Cómo se pide

Con un derecho de petición a la Secretaría de Movilidad, con la fecha de la infracción y, si la tienes, la de la resolución de sanción.

Estos trámites son gratuitos y los puedes hacer tú mismo. Desconfía de quien te cobre por «quitar» una multa o te pida tus claves: nadie puede borrar un comparendo sin el procedimiento de la ley.

Revisa tu caso

En LegalTech Colombia ves los plazos de tu fotomulta, las vías que pueden aplicar y preparas el documento para presentarlo tú mismo.

Revisar mi caso

Normas: Ley 769 de 2002, art. 161 (modificado por la Ley 1843 de 2017, art. 11).

Actualizada el 20 de octubre de 2026. Es información general para Bogotá, no un concepto de abogado.